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Código Municipal Artículo 317 Estado de Tamaulipas


Código Municipal Tamaulipas
Artículo 317.

En la prestación de los servicios al público del Archivo General del Municipio, se estará a lo establecido en este Código, en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Tamaulipas y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables



Estado de Tamaulipas Artículo 317 Código Municipal
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Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-



Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?



Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.



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