Código penal Artículo 87 Estado de Durango
Código Penal Durango
Artículo 87. Sustitución de la prisión
Cuando se trate de infractores primarios, que hayan observado buena conducta con anterioridad al delito, tengan modo honesto de vivir y no se hayan sustraído a la acción judicial durante el procedimiento, la pena de prisión cuya duración no exceda de dos años, podrá ser conmutada por el Juez de Control o el Tribunal de Juicio Oral por veinte a doscientos días multa. En caso de insolvencia se sustituirá por trabajo en favor de la comunidad.
Las sanciones impuestas por delitos contra el Estado podrán ser conmutadas por:
I. La de prisión, por confinamiento, que será de igual duración que aquélla; y,
II. La de confinamiento por multa de veinte a doscientos días de salario.
Quedará sin efecto la sustitución, a que se refieren las fracciones anteriores, si el sentenciado siendo solvente no paga la multa y la reparación del daño dentro del término que se le fije, que no podrá ser mayor de un mes
Estado de Durango Artículo 87 Código penal
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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
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