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Código Penal Artículo 260 Estado de Tamaulipas


Código Penal Tamaulipas
Artículo 260.

Al responsable del delito a que se refiere el artículo anterior, se le impondrá una sanción de seis meses a dos años de prisión y multa de noventa a ciento cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. 



Estado de Tamaulipas Artículo 260 Código Penal
Artículo 1 ...258 bis 259 260 261 262 ...475
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Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-



Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?



Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.



asesoria para divorcio necesario. gracias



pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?



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