< Código Procesal Civil

Código Procesal Civil Artículo 724 Estado de Guerrero


Código Procesal Civil Guerrero
Artículo 724. Plazo del juicio arbitral

Las partes fijarán en el convenio el plazo del juicio arbitral. El compromiso será válido, aunque no se fije y, en este caso, la misión de los árbitros durará cien días si se tratare de juicio ordinario. El plazo se cuenta desde que los árbitros acepten el nombramiento. Durante el plazo de arbitraje, los árbitros no podrán ser revocados sino por el acuerdo unánime de las partes. El plazo se suspende si se promueve una recusación, hasta que esta sea decidida, y en caso de muerte del árbitro nombrado por el juzgador, hasta que se nombre sustituto. Las partes pueden establecer de común acuerdo, por escrito, la prórroga de los plazos.



Estado de Guerrero Artículo 724 Código Procesal Civil
Artículo 1 ...722 723 724 725 726 ...784
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago


No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse