Constitución Artículo 137 Estado de Nayarit
Constitución Nayarit
Artículo 137.
La educación que imparte el Estado, se sujetará a las prevenciones del artículo 3º de la Constitución Federal.
La Universidad Autónoma de Nayarit es una institución autónoma de educación superior y media superior, conforme a la ley estará facultada para autogobernarse, expedir su reglamentación y nombrar a sus autoridades; con base en estos principios realizará sus fines de conservar, crear y transmitir la cultura y la ciencia, a través de la docencia, investigación, difusión y vinculación académica, con pleno respeto a las libertades de cátedra, investigación, libre examen y discusión de las ideas; determinará sus planes y programas; fijará los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrará libremente su patrimonio, el cual se integrará con las aportaciones federales y estatales, la transmisión de bienes y derechos de personas físicas o morales, nacionales o extranjeras, los recursos generados por los servicios que preste, así como por los demás que señale su ley orgánica.
La ley regulará el servicio civil y en especial las condiciones de ingreso a éste; las promociones y ascensos con base en mérito y aptitud; los cambios, suspensiones y cesantías; los deberes de los servidores públicos y los recursos contra las resoluciones que los afecten; garantizando a los empleados públicos la estabilidad en el cargo.
Los servidores públicos del Estado, de los Municipios, de sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones paraestatales y paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones y organismos autónomos, y cualquier otro ente público, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.
La ley determinará los conceptos de retribuciones y límites salariales de los servidores públicos, la que no podrá ser igual o mayor que su superior jerárquico; salvo que el excedente sea consecuencia del desempeño de varios empleos públicos, que su remuneración sea producto de las condiciones generales de trabajo, derivado de un trabajo técnico calificado o por especialización en su función, en los términos del artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Nadie en el Estado podrá desempeñar dos o más cargos de elección popular, pero el interesado puede elegir el que le convenga. Una vez que el servidor público comience a ejercer el cargo por el que haya optado, el otro quedará sin efectos.
Estado de Nayarit Artículo 137 Constitución
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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