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Constitución Artículo 95 Estado de Nayarit


Constitución Nayarit
Artículo 95.

Para ser designado Fiscal General se requiere cumplir con los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles;

II. Tener cuando menos 35 años cumplidos al día de la designación;

III. Poseer al día de la designación con antigüedad mínima de 10 años, título profesional de licenciado en derecho, expedido por autoridad o institución legalmente autorizada para ello;

IV. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena;

V. Ser originario del Estado o haber residido en el durante los dos años anteriores al día de la designación, y

VI. No haber sido Secretario de Despacho del Poder Ejecutivo, o haber desempeñado cargo de elección popular, durante el año previo al día de la designación.

VII. No haber ocupado el cargo de Magistrado del Tribunal Superior de Justicia o Consejero de la Judicatura, durante el año previo al día de la designación



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Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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