Constitución Artículo 116 Estado de Tlaxcala
Constitución
Artículo 116.
Todo servidor público, antes de tomar posesión de su cargo, rendirá protesta de guardar y hacer guardar la Constitución federal, la particular del Estado y las leyes que de ellas emanen. Sin este requisito los actos derivados de esas funciones serán ilegales.
Estado de Tlaxcala Artículo 116 Constitución
Mejores juristas
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
Guadalajara jalisco
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
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