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Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética Artículo 17 Federal de México


Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética Federal
Artículo 17.

Las actividades de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética deberán conducirse bajo el principio de máxima publicidad en todos y cada uno de los procesos que se lleven a cabo al interior de los mismos. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

El código de conducta de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética deberá establecer lineamientos sobre el manejo de la información, incluyendo la prohibición para:

I.Compartir o divulgar, de forma indebida, a cualquier tercero información reservada o confidencial en poder del Órgano Regulador Coordinado;

II.Divulgar el resultado de alguna decisión o información sobre el proceso deliberativo respectivo, antes de que se emita la instrucción expresa de su publicación, y

III.Recibir o utilizar información de terceros que haya sido obtenida de manera ilegal o no conforme con los procedimientos que correspondan a cada caso.

Federal de México Artículo 17 Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?



Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas



con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?



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