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Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano Artículo 19 Federal de México


Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano Federal
Artículo 19.

La Secretaría Técnica del Consejo tendrá las facultades siguientes:

I.Elaborar la orden del día de las sesiones, incluyendo las invitaciones que correspondan de acuerdo con los asuntos a desahogarse;

II.Someter a consideración del Consejo, el programa anual de trabajo;

III.Dar seguimiento e informar al Consejo respecto del cumplimiento de los acuerdos aprobados por éste;

IV.Integrar y preservar la documentación e información que se genere con motivo de las actuaciones del Consejo;

V.Dar seguimiento al programa anual de trabajo emitido por el Consejo e informar a éste de sus avances;

VI.Coadyuvar en la operación y funcionamiento del Consejo, así como atender las solicitudes y requerimientos que éste le ordene, y

VII.Ejercer las demás facultades que el Consejo le confiera.

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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