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Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros Artículo 44 Federal de México


Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros Federal
Artículo 44.

El patrimonio de la Comisión Nacional está constituido por:

I.Sus propiedades, posesiones, derechos y obligaciones;

II.Los recursos que directamente le asigne el Presupuesto de Egresos de la Federación;

III.El producto de las sanciones pecuniarias derivadas de la aplicación de esta Ley;

IV.Los bienes muebles e inmuebles que la Federación transfiera a la Comisión Nacional para el cumplimiento de su objeto, así como aquéllos que adquiera la propia Comisión Nacional y que puedan ser destinados a los mismos fines;

V.Los intereses, rentas, plusvalías y demás utilidades que se obtengan de las inversiones que haga la Comisión Nacional, en los términos de las disposiciones legales, y

VI.Cualquier otro ingreso respecto del cual la Comisión Nacional resulte beneficiario.

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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