Ley de Puertos Federal de México
Ley de Puertos Federal de México
- Artículo 1o. La presente ley es de orden público y de observancia en todo el...
- Artículo 2o. Para los efectos de esta ley, se entenderá por: I. Secretaría: La...
- Artículo 3o. Todo lo relacionado con la administración, operación y servicios portuarios,...
- Artículo 4o. A falta de disposición expresa en esta ley o en los tratados internacionales,...
- Artículo 5o. Corresponde al Ejecutivo Federal habilitar toda clase de puertos, así como...
- Artículo 6o. La Secretaría autorizará para navegación de altura a las terminales de uso...
- Artículo 7o. La Secretaría de Bienestar y la Secretaría, a propuesta de esta última,...
- Artículo 8o. La Secretaría, conjuntamente con la Secretaría de Bienestar, se coordinará...
- Artículo 9o. Los puertos y terminales se clasifican: I. Por su navegación en: a)...
- Artículo 10. Las terminales, marinas e instalaciones portuarias se clasifican por su uso...
- Artículo 11. Los reglamentos de esta ley establecerán las condiciones de construcción,...
- Artículo 12. Los puertos mexicanos, en tiempo de paz, estarán abiertos a la navegación y...
- Artículo 13. La Secretaría, por caso fortuito o fuerza mayor, o bien cuando existan...
- Artículo 14. En los puertos, terminales y marinas, tendrán carácter de bienes de dominio...
- Artículo 15. Son de utilidad pública la construcción y explotación de puertos y terminales...
- Artículo 16. La autoridad en materia de puertos radica en el Ejecutivo Federal, quien la...
- Artículo 17. En cada puerto habilitado existirá una capitanía de puerto, a la que le...
- Artículo 18. La Armada de México, así como las corporaciones federales, estatales y...
- Artículo 19. Las capitanías de puerto, así como las autoridades aduanales, sanitarias,...
- Artículo 19 BIS. La Secretaría es la autoridad en materia de protección marítima y portuaria...
- Artículo 19 TER. El Cumar tendrá las funciones y organización establecidas en el reglamento...
- Artículo 20. Para la explotación, uso y aprovechamiento de bienes del dominio...
- Artículo 21. Las concesiones a que se refiere la fracción I del artículo anterior sólo se...
- Artículo 22. Todas las concesiones a que se refiere esta ley, así como los permisos...
- Artículo 23. La Secretaría podrá otorgar las concesiones hasta por un plazo de cincuenta...
- Artículo 24. Las concesiones a que se refiere este capítulo se otorgarán mediante concurso...
- Artículo 25. En el caso de que se solicite la ampliación de las superficies concesionadas...
- Artículo 26. El título de concesión, según sea el caso, deberá contener, entre otros:...
- Artículo 27. La Secretaria podrá establecer en los títulos de concesión para la...
- Artículo 28. Los permisos y autorizaciones a que se refiere el artículo 20 se...
- Artículo 29. Los títulos de concesión, permisos y autorizaciones a que se refiere esta ley...
- Artículo 30. La Secretaría podrá autorizar la cesión total de las obligaciones y derechos...
- Artículo 31. En ningún caso se podrán ceder, hipotecar o en manera alguna gravar o...
- Artículo 32. Las concesiones terminarán por: I. Vencimiento del plazo establecido en...
- Artículo 33. Las concesiones o permisos podrán ser revocados por cualquiera de las causas...
- Artículo 34. La revocación será declarada administrativamente por la Secretaría, conforme...
- Artículo 35. En el caso de que sea revocada la concesión otorgada a un administrador...
- Artículo 36. Las construcciones e instalaciones portuarias que ejecuten los particulares...
- Artículo 37. Los administradores portuarios, así como los demás concesionarios, cubrirán...
- Artículo 38. Existirá administración portuaria integral cuando la planeación,...
- Artículo 39. La administración portuaria integral será autónoma en su gestión operativa y...
- Artículo 40. Además de los derechos y obligaciones que se establecen para los...
- Artículo 41. El administrador portuario se sujetará a un programa maestro de desarrollo...
- Artículo 42. Para los puertos y terminales que cuenten con una administración...
- Artículo 43. La comisión consultiva coadyuvará en la promoción del puerto y podrá emitir...
- Artículo 44. La utilización de los bienes y la prestación de los servicios portuarios...
- Artículo 45. En las áreas de uso común de los puertos y en las terminales, marinas e...
- Artículo 46. La Secretaría, con base en consideraciones técnicas, de eficiencia y...
- Artículo 47. Cuando las terminales e instalaciones de uso particular cuenten con...
- Artículo 48. La Secretaría, en casos excepcionales, con vista en el interés público, podrá...
- Artículo 49. Los administradores portuarios, los operadores de terminales, marinas e...
- Artículo 50. Los actos y contratos relativos a los servicios portuarios serán de carácter...
- Artículo 51. Los contratos de cesión parcial de derechos y los de prestación de servicios...
- Artículo 52. En el caso de que el incumplimiento de los contratos de cesión parcial a que...
- Artículo 53. En los casos en que el administrador portuario esté obligado a contratar con...
- Artículo 54. Cuando los interesados en operar una terminal o instalación, o en...
- Artículo 55. El administrador portuario responderá ante la Secretaría por las obligaciones...
- Artículo 56. Los operadores de terminales, marinas e instalaciones y prestadores de...
- Artículo 57. En cada puerto que cuente con administración portuaria integral, se...
- Artículo 58. El comité de operación emitirá recomendaciones relacionadas con: I. El...
- Artículo 58 BIS. La planeación del puerto se apoyará en un Comité de Planeación, que se...
- Artículo 59. Todos los actos de los concesionarios, permisionarios, operadores de...
- Artículo 60. La Secretaría podrá establecer en los títulos de concesión y en los permisos...
- Artículo 61. En la regulación se podrán establecer tarifas y precios máximos por el uso de...
- Artículo 62. Cuando los sujetos a regulación de precios o tarifaria consideren que...
- Artículo 63. Los concesionarios y permisionarios presentarán a la Secretaría los informes...
- Artículo 64. La Secretaría verificará, en cualquier tiempo, en los puertos, terminales,...
- Artículo 65. La Secretaría sancionará las infracciones a esta Ley con las multas...
- Artículo 66. Al imponer las sanciones a que se refiere el artículo anterior, la Secretaría...
- Artículo 67. El que sin haber previamente obtenido una concesión o permiso de la...
- Artículo 68. Las sanciones que se señalan en este capítulo se aplicarán sin perjuicio de...
- Artículo 69. Para la aplicación de las sanciones a que se refiere esta ley, la Secretaría...
Mejores juristas
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
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