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Código Civil Artículo 1962 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código Civil Chiapas
Artículo 1962.

CADA UNO DE LOS ACREEDORES O TODOS JUNTOS PUEDEN EXIGIR DE TODOS LOS DEUDORES SOLIDARIOS O DE CUALQUIERA DE ELLOS, EL PAGO TOTAL O PARCIAL DE LA DEUDA. SI RECLAMAN TODO DE UNO DE LOS DEUDORES Y RESULTARE INSOLVENTE, PUEDEN RECLAMARLO DE LOS DEMAS O DE CUALQUIERA DE ELLOS. SI HUBIESEN RECLAMADO SOLO PARTE O DE OTRO MODO HUBIESEN CONSENTIDO EN LA DIVISION DE LA DEUDA, RESPECTO DE ALGUNO O DE ALGUNOS DE LO DEUDORES, PODRAN RECLAMAR EL TODO DE LOS DEMAS OBLIGADOS, CON DEDUCCION DE LA PARTE DEL DEUDOR O DEUDORES LIBERTADOS DE LA SOLIDARIDAD.



Estado de Chiapas Artículo 1962 Código Civil
Artículo 1 ...1960 1961 1962 1963 1964 ...3016

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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


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