Código Civil Artículo 2591 Estado de Chiapas
Código Civil Chiapas
Artículo 2591.
SIEMPRE QUE EL EMPRESARIO SE ENCARGUE POR AJUSTE CERRADO DE LA OBRA EN COSA INMUEBLE, CUYO VALOR SEA DE MAS DE CIEN PESOS, SE OTORGARA EL CONTRATO POR ESCRITO, INCLUYENDOSE EN EL UNA DESCRIPCION PORMENORIZADA, Y EN LOS CASOS QUE LO REQUIERAN, UN PLANO, DISEÑO O PRESUPUESTO DE LA OBRA.
Estado de Chiapas Artículo 2591 Código Civil
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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