Código Civil Artículo 2659 Estado de Chiapas
Código Civil Chiapas
Artículo 2659.
EN CASO DE DISOLUCION, LOS BIENES DE LA ASOCIACION SE APLICARAN CONFORME A LO QUE DETERMINEN LOS ESTATUTOS Y A FALTA DE DISPOSICION DE ESTOS, SEGUN LO QUE DETERMINE LA ASAMBLEA GENERAL. EN ESTE CASO, LA ASAMBLEA SOLO PODRA ATRIBUIR A LOS ASOCIADOS LA PARTE DEL ACTIVO SOCIAL QUE EQUIVALGA A SUS APORTACIONES. LOS DEMAS BIENES SE APLICARAN A OTRA ASOCIACION O FUNDACION, DE OBJETO SIMILAR A LA EXTINGUIDA.
Estado de Chiapas Artículo 2659 Código Civil
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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