Imprimir

Código Civil Artículo 431 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código Civil Chiapas
Artículo 431.

LOS QUE EJERCEN LA PATRIA POTESTAD NO PUEDEN ENAJENAR NI GRAVAR DE NINGUN MODO LOS BIENES INMUEBLES Y LOS MUEBLES PRECIOSOS QUE CORRESPONDAN AL HIJO, SINO POR CAUSA DE ABSOLUTA NECESIDAD O DE EVIDENTE BENEFICIO, Y PREVIA LA AUTORIZACION DEL JUEZ COMPETENTE.

TAMPOCO PODRAN CELEBRAR CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO POR MAS DE CINCO AÑOS NI RECIBIR LA RENTA ANTICIPADA POR MAS DE DOS AÑOS, VENDER VALORES COMERCIALES, INDUSTRIALES, TITULOS DE RENTAS, ACCIONES, FRUTOS Y GANADOS, POR MENOR VALOR DEL QUE SE COTICE EN LA PLAZA EL DIA DE LA VENTA; HACEN (SIC) DONACION DE LOS BIENES DE LOS HIJOS O REMISION VOLUNTARIA DE LOS DERECHOS DE ESTOS; NI DAR FIANZAS EN REPRESENTACION DE LOS HIJOS



Estado de Chiapas Artículo 431 Código Civil
Artículo 1 ...429 430 431 432 433 ...3016

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse