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Código Civil Artículo 2693 Ciudad de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/11/2024

Código Civil Ciudad de México
Artículo 2693.

El contrato de sociedad debe contener:

I. Los nombres y apellidos de los otorgantes que son capaces de obligarse;

II. La razón social;

III. El objeto de la sociedad;

IV. El importe del capital social y la aportación con que cada socio debe contribuir; Si falta alguno de estos requisitos se aplicará lo que dispone el Artículo 2691.



Ciudad de México Artículo 2693 Código Civil
Artículo 1 ...2691 2692 2693 2694 2695 ...3074

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Los comentarios de los usuarios

Hablan de contrato , se tiene que tener una acta constitutiva

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