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Código Civil Artículo 3205 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Código Civil Coahuila
Artículo 3205.

La sola falta de pago de las pensiones no autoriza al pensionista para demandar el reembolso del capital, o la devolución del bien dado para constituir la renta.

En este caso, el pensionista sólo tiene derecho de ejecutar judicialmente al deudor, por el pago de las rentas y para pedir el aseguramiento de las futuras. 



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 3205 Código Civil
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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