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CCF Artículo 1575 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/09/2023

Código Civil Federal Federal
Artículo 1575.

Si los testigos fueron idóneos y estuvieron conformes en todas y cada una de las circunstancias enumeradas en el artículo que precede, el juez declarará que sus dichos son el formal testamento de la persona de quien se trate.

Federal de México Artículo 1575 Código Civil Federal
Artículo 1o ...1573 1574 1575 1576 1577 ...3074

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