CCF Artículo 1847 Federal de México
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 13/04/2025
Código Civil Federal Federal
Artículo 1847.
No podrá hacerse efectiva la pena cuando el obligado a ella no haya podido cumplir el contrato por hecho del acreedor, caso fortuito o fuerza insuperable.
Federal de México Artículo 1847 Código Civil Federal
Mejores juristas

Ciudad de Mexico
Сomentarios: 5
Duración total

Ciudad de México
Duración total

San francisco de Campeche, Campeche
Duración total

Duración total

Duración total
Los comentarios de los usuarios
Invitado
23/03/20 21:33:20
Tengo que pagar la renta de mi local y no hay ventas por el coronavirus, que puedo hacer
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios