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CCF Artículo 2151 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 29/10/2024

Código Civil Federal Federal
Artículo 2151.

Se presume que el adquirente no tenía voluntad de adquirir uno solo de los animales, cuando se adquiere un tiro, yunta o pareja, aunque se haya señalado un precio separado a cada uno de los animales que los componen.

Federal de México Artículo 2151 Código Civil Federal
Artículo 1o ...2149 2150 2151 2152 2153 ...3074

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pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42


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