CCF Artículo 2500 Federal de México
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025
Código Civil Federal Federal
Artículo 2500.
Sin permiso del comodante no puede el comodatario conceder a un tercero el uso de la cosa entregada en comodato.
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Los comentarios de los usuarios
Jose Luis Ahuja
03/04/20 13:13:43
Si el comodatario rentó una fracción del inmueble en comodato, esto aplica como un tercero sirviéndose de la cosa?
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