Imprimir

CCF Artículo 2500 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Civil Federal Federal
Artículo 2500.

Sin permiso del comodante no puede el comodatario conceder a un tercero el uso de la cosa entregada en comodato.

Federal de México Artículo 2500 Código Civil Federal
Artículo 1o ...2498 2499 2500 2501 2502 ...3074

Ver el artículo
Los comentarios de los usuarios

Si el comodatario rentó una fracción del inmueble en comodato, esto aplica como un tercero sirviéndose de la cosa?

0   0



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse