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CCF Artículo 595 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/09/2023

Código Civil Federal Federal
Artículo 595.

Lo dispuesto en el artículo anterior se entiende sin perjuicio de la responsabilidad que, después de intentadas las acciones, puede resultar al tutor por culpa o negligencia en el desempeño de su encargo.

Federal de México Artículo 595 Código Civil Federal
Artículo 1o ...593 594 595 596 597 ...3074

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