Código Civil Artículo 183 Estado de Oaxaca
Código Civil Oaxaca
Artículo 183.
Puede también terminar la sociedad legal durante el matrimonio, a petición de alguno de los cónyuges cuando siendo voluntaria, ocurra cualquiera de los siguientes motivos:
I.- Si el socio administrador, por su notoria negligencia o torpe administración amenaza arruinar a su consorte o disminuir considerablemente los bienes comunes;
II.- Cuando el socio administrador hace cesión de bienes a sus acreedores o es declarado en
quiebra.
Estado de Oaxaca Artículo 183 Código Civil
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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