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Código Civil Artículo 1762 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Civil Tamaulipas
Artículo 1762.

El arrendatario que durante la vigencia del contrato no incurrió en mora o que hubiese hecho mejoras en el inmueble arrendado, tiene derecho a que, en igualdad de condiciones, se le prefiera a otro interesado en el nuevo arrendamiento del bien.



Estado de Tamaulipas Artículo 1762 Código Civil
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