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Código de Ética de los Servidores Públicos Artículo 5 Ciudad de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Ética de los Servidores Públicos Ciudad de México
Artículo 5.

Todas las decisiones y acciones del servidor público deben estar dirigidas a la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar de la colectividad.

El servidor público no debe permitir que influyan en sus juicios y conducta, intereses que puedan perjudicar o beneficiar a personas o grupos en detrimento del bienestar de la sociedad.

El compromiso con el bien común implica que el servidor público este consciente de que el servicio público es un patrimonio que pertenece a todos los mexicanos y que representa una misión que solo adquiere legitimidad cuando busca satisfacer las demandas sociales y no cuando se persiguen beneficios individuales.



Ciudad de México Artículo 5 Código de Ética de los Servidores Públicos
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