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Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales Artículo 218 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales Oaxaca
Artículo 218.

1.La votación se cerrará a las 17:00 horas.

2.Podrá cerrarse antes de la hora fijada en el párrafo anterior, sólo cuando el Presidente y el Secretario certifiquen que hubieren votado todos los electores incluidos en la lista nominal correspondiente.

3.Sólo permanecerá abierta después de las 17:00 horas, aquella casilla en la que aún se encuentren electores formados para votar. En este caso, se cerrará una vez que quienes estuviesen formados hasta las 17:00 horas hayan votado.



Estado de Oaxaca Artículo 218 Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales
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