Imprimir

Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales Artículo 248 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales Oaxaca
Artículo 248.

1.Los Presidentes de los Consejos Distritales y Municipales Electorales entregarán a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral una copia certificada de todas las actas y documentación de cada uno de los expedientes de los cómputos respectivos.

2.Asimismo, los Presidentes tomarán las medidas necesarias para el depósito, en el lugar señalado para tal efecto, de los sobres que contienen la documentación a que se refiere el artículo 228 de este Código hasta la calificación de todas las elecciones. Una vez realizada la calificación, la Junta General Ejecutiva determinará el mecanismo adecuado para su destrucción.



Estado de Oaxaca Artículo 248 Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales
Artículo 1 ...246 247 248 249 250 ...289

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse