Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 40 Estado de Guanajuato
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo 40.
SON PRERROGATIVAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS:
I. TENER ACCESO A LA RADIO Y LA TELEVISIÓN EN LOS TÉRMINOS DEL APARTADO B DE LA BASE III DEL ARTÍCULO 41 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS;
(FRACCIÓN REFORMADA. P.O. 2 DE SEPTIEMBRE DEL 2008)
II. RECIBIR EL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DE MANERA EQUITATIVA Y PROPORCIONAL PARA SUS ACTIVIDADES ORDINARIAS Y DURANTE LOS PROCESOS ELECTORALES.
(FRACCIÓN REFORMADA. P.O. 2 DE SEPTIEMBRE DEL 2008)
PARA QUE UN PARTIDO POLÍTICO TENGA DERECHO A RECIBIR FINANCIAMIENTO PÚBLICO, DEBERÁ HABER CONSERVADO SU REGISTRO O ACREDITACIÓN Y OBTENIDO CUANDO MENOS EL DOS POR CIENTO DE LA VOTACIÓN VÁLIDA ESTATAL DE DIPUTADOS AL CONGRESO DEL ESTADO BAJO EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA, LO CUAL DEBERÁ SER DECLARADO POR EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO EN LA SESIÓN QUE SIGA A LA CALIFICACIÓN DE LA ELECCIÓN; Y
(PÁRRAFO ADICIONADO. P.O. 2 DE SEPTIEMBRE DEL 2008)
III. DEROGADA.
(FRACCIÓN DEROGADA. P.O. 2 DE SEPTIEMBRE DEL 2008)
IV. LAS DEMÁS QUE SE DERIVEN DE LOS MANDATOS DE ESTE CÓDIGO.
Estado de Guanajuato Artículo 40 Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil
No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios