Código de Justicia para menores infractores Artículo 364 Estado de Durango
Código de Justicia para menores infractores Durango
Artículo 364.
El Tribunal será la máxima autoridad jurisdiccional en la materia y órgano especializado y competente para resolver sobre las conductas tipificadas como delitos por el Código Penal o por las Leyes Estatales, en las que se encuentren implicados los menores de edad
Estado de Durango Artículo 364 Código de Justicia para menores infractores
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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