Código de la Hacienda Pública Artículo 163 Estado de Chiapas
Código de la Hacienda Pública
Artículo 163.
Cuando no hubiera postores o no se hubieran presentado posturas legales, la autoridad hacendaria se adjudicará el bien. En este caso el valor de la adjudicación será el 60% del valor de avalúo.
Los bienes que se adjudiquen a favor de la Secretaría, podrán ser donados para obras o servicios públicos, o a instituciones asistenciales o de beneficencia autorizados para recibir donativos deducibles del Impuesto Sobre la Renta.
La adjudicación se tendrá por formalizada una vez que la autoridad hacendaria firme el acta de adjudicación correspondiente.
Cuando la traslación de bienes se deba inscribir en la Dirección del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, el acta de adjudicación debidamente firmada por la autoridad hacendaria tendrá el carácter de escritura pública y será el documento público que se considerará como testimonio de escritura para los efectos de inscripción en dicho Registro.
Para los efectos de la Ley de Ingresos del Estado, los ingresos obtenidos por la adjudicación se registrarán, hasta el momento en el que se tenga por formalizada la adjudicación.
Una vez aplicado el producto obtenido por la adjudicación, en los términos del artículo 50 de este Código, el saldo que en su caso quede pendiente a cargo del contribuyente, se registrará en una subcuenta especial de créditos incobrables.
De los ingresos obtenidos por remates de los bienes, disminuidos con los gastos de administración y mantenimiento, se destinará el 5% a un fondo de administración y mantenimiento de dichos bienes, que se constituirá en la Secretaría, de conformidad con las reglas generales que al efecto emita esta última. Una vez que se hayan rematado los bienes, la autoridad hacendaria deberá reintegrar los recursos que hayan obtenido de dicho fondo y, de existir remanente, se entregará el 5% de los ingresos obtenidos para su capitalización.
Los bienes adjudicados por las autoridades hacendarias de conformidad con lo dispuesto en este artículo, serán considerados, para todos los efectos legales, como bienes no sujetos al régimen del dominio público del Estado, hasta en tanto sean destinados o donados para obras o servicios públicos en los términos de este artículo.
Estado de Chiapas Artículo 163 Código de la Hacienda Pública
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil
No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios