Código de Procedimientos Civiles Artículo 175 Estado de Aguascalientes
Código de Procedimientos Civiles Aguascalientes
Artículo 175.
Dada entrada a una recusación si se tratare de un secretario, la resolverá, previo informe del recusado, el tribunal que conozca del negocio, por el procedimiento incidental. En la resolución se determinará quién debe seguir interviniendo.
Si el recusado fuere un magistrado, el Supremo Tribunal de Justicia requerirá el informe del recusado; si fuera un Juez éste enviará el asunto al Supremo Tribunal de Justicia acompañado de un informe. En ambos casos, la falta del informe establece la presunción de ser cierta la recusación.
Recibido el negocio en el tribunal que deba decidir la recusación, se resolverá por el procedimiento incidental.
Si se declara improcedente o no probada la causa de recusación, se impondrá al recusante una multa de hasta veinte veces el valor diario de la unidad de medida y actualización. No se dará curso a la recusación si no exhibe el recusante al interponerla, billete de depósito por el máximo de la multa la que en su caso, se aplicará al colitigante si lo hubiere, por vía de indemnización y en caso contrario, a la Secretaría de Finanzas
La resolución que decida una recusación es irrevocable.
Estado de Aguascalientes Artículo 175 Código de Procedimientos Civiles
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios