Código de Procedimientos Civiles Artículo 311 Estado de Aguascalientes
Código de Procedimientos Civiles
Artículo 311.
Los testigos; serán citados a declarar cuando la parte que ofrezca su testimonio manifieste no poder por si misma hacer que se presenten.
Los que citados legalmente se nieguen a comparecer sin causa justificada y los que habiendo comparecido se nieguen a declarar, serán apremiados por el tribunal, para lo que deberán ser apercibidos.
La prueba se debe ofrecer expresando los nombres y domicilios de los testigos, quienes serán citados a declarar cuando la parte que ofrezca su testimonio manifieste no poder por sí misma hacer que se presenten.
Sólo por causa de fuerza mayor comprobada se permitirá la sustitución de los testigos fuera del término de ofrecimiento de pruebas, debiendo el oferente hacer valer esta causa dentro de los tres días siguientes al en que sea de su conocimiento; en este caso, el oferente quedará obligado a presentar al testigo o testigos sustitutos.
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
oooooooooooooooo
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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