Código de Procedimientos Civiles Artículo 296 Estado de Nayarit
Código de Procedimientos Civiles
Artículo 296.
Cuando el título ejecutivo contenga la obligación de entregar cosas que sin ser dinero haya que contarlas, pesarlas o medirlas, se observarán las reglas siguientes:
I.- Si no se designa la calidad de la cosa y existieren de varias clases en poder del deudor, se elegirán las de mediana calidad;
II.- Si hubiere solo calidades diferentes a la estipulada, se ejecutará sobre lo que elija el actor, sin perjuicio de que en la sentencia definitiva se hagan los abonos recíprocos correspondientes; y
III.- Si no hubiere en poder del demandado de ninguna calidad, se despachará ejecución por la cantidad de dinero que prudentemente modere el juez de la señalada por el actor, de acuerdo con los precios corrientes en plaza, sin menoscabo de los que señale por daños y perjuicios, moderables también
Estado de Nayarit Artículo 296 Código de Procedimientos Civiles
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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