Código de Procedimientos Civiles Artículo 730 Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles Querétaro
Artículo 730.
El plazo para interponer el recurso de apelación es de seis días, tratándose de autos y de resoluciones interlocutorias y de diez días si se trata de sentencias definitivas
Estado de Querétaro Artículo 730 Código de Procedimientos Civiles
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Buenas tardes mi pregunta es en mi caso la sentencia salió el 6 de diciembre del 2019 pedí al jugado se ejecute la sentencia pero la parte demandante le notificaron hasta el 17 de julio del 2020 y en el mes de agosto hacen la apelación de conformidad con el artículo 733 de la ley adjetiva mi pregunta despues de el tiempo transcurrido el juez puede admitir la apelación
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