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Código de Procedimientos Civiles Artículo 956 Estado de Querétaro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Procedimientos Civiles Querétaro
Artículo 956.

Cuando del examen de la cuenta resulten motivos graves para sospechar la existencia de dolo, fraude o culpa lata en el tutor, se iniciará desde luego, a petición de parte o del Ministerio Público, el juicio de separación, que se seguirá en la forma contenciosa y si de los primeros actos del juicio resultaren confirmadas las sospechas, se nombrará desde luego un tutor interino, quedando en suspenso entretanto el tutor propietario, sin perjuicio de que se remita testimonio de lo conducente a las autoridades penales



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