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Código de Procedimientos Civiles Artículo 978 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código de Procedimientos Civiles San Luis Potosí
Artículo 978.

La ejecución de sentencia que hubiere causado ejecutoria o que deba llevarse adelante por estar otorgada la fianza correspondiente, se hará por el juez que conoció del negocio en la primera instancia.

La ejecución de las interlocutorias firmes que resuelvan un incidente queda a cargo del juez que conozca del principal.

La ejecución de las transacciones o convenios celebrados en juicio o reconocidos judicialmente, se hará por el juez que conozca del negocio en la primera instancia; pero no procederá en la vía de apremio si no consta en escritura pública o judicialmente en autos.

Cuando las transacciones o los convenios se celebren en las Salas, se tendrá por concluido el trámite del recurso y serán ejecutados por el Juzgado que conoció en primera instancia, a cuyo efecto la Sala devolverá los autos al inferior, acompañándole testimonio del convenio.

La ejecución de los convenios o acuerdos certificados por el Centro Estatal de Solución de Conflictos del Poder Judicial del Estado, se hará por el Juez designado por las partes en el convenio o en su defecto por el del lugar donde se llevó a cabo



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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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