Código de Procedimientos Civiles Artículo 757 Estado de Sonora
Código de Procedimientos Civiles Sonora
Artículo 757.
Con el escrito de denuncia de un juicio sucesorio deberán acompañarse los siguientes documentos:
I.Acta de defunción del autor de la herencia y no siendo esto posible, otro documento o prueba bastante y en su caso la declaración de ausencia o presunción de muerte;
II.El testamento, si lo hay, o en su caso pedirá como acto prejudicial la exhibición del mismo por parte de la persona en cuyo poder se encuentre;
III.El comprobante del parentesco o lazo del denunciante con el autor de la sucesión, en el caso en que se haga la denuncia como heredero legítimo presunto, y
IV.Copias por duplicado, del escrito de denuncia y demás documentos
Estado de Sonora Artículo 757 Código de Procedimientos Civiles
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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??
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