Código de Procedimientos en Materia Artículo 400 Estado de Yucatán
Código de Procedimientos en Materia Yucatán
Artículo 400.
La vista se celebrará en audiencia pública ante el Tribunal Superior de Justicia con asistencia del secretario respectivo, sujetándose a las formalidades siguientes: el día y hora señalados, reunidos los componentes de la sala respectiva, el Procurador General de Justicia o quien lo represente y los demás interesados que concurrieren, se dará lectura a las constancias conducentes del proceso. El apelante sostendrá y en su caso ampliará sus agravios, contestará el Procurador General de Justicia o su representante si él no hubiere sido el apelante y podrá usar de la palabra cualquiera de las partes que lo solicite. Finalmente se concederá la palabra al procesado, si estuviere presente y quisiere hacerlo.
Terminada la vista, el Tribunal pronunciará su fallo dentro de los cinco días hábiles siguientes.
La vista se celebrará aunque alguna de las partes no concurra, siempre que todas hubieren sido legalmente citadas.
Cuando alguna de las partes no residiere en el mismo lugar, la vista se celebrará dentro de un término que no exceda de diez días, mandando publicar oportunamente la citación en el periódico oficial.
En la sentencia el Tribunal no podrá aumentar la sanción impuesta cuando sólo hubieren apelado el inculpado o su defensor.
Estado de Yucatán Artículo 400 Código de Procedimientos en Materia
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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