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Código de Procedimientos Penales Artículo 202 Estado de Baja California


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26/10/2026

Código de Procedimientos Penales Baja California
Artículo 202. Plan de reparación y de condiciones

El plan de reparación de los daños y perjuicios causado por el delito podrá consistir en una indemnización equivalente a la reparación del daño que, en su caso, pudiera llegar a imponerse o una reparación simbólica, así como los plazos para cumplirla.

Además, el imputado deberá proponer un detalle de las condiciones que estaría dispuesto a cumplir conforme al artículo 204. 



Estado de Baja California Artículo 202 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...200 201 202 203 204 ...433

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que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.


Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?


Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


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