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Código de Procedimientos Penales Artículo 142 Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/09/2025

Código de Procedimientos Penales
Artículo 142. Audiencias públicas

Las audiencias y diligencias serán públicas, bajo pena de nulidad, excepto cuando el tribunal lo estime conveniente por razones graves, cuando se afecte el orden público o en los casos que fije la ley.



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Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?


Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes


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