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Código de Procedimientos Penales Artículo 241 Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Código de Procedimientos Penales Michoacán
Artículo 241. Facultades de la defensa

El defensor puede promover todas las diligencias e intentar todos los recursos legales que creyere convenientes, pero no podrá desistirse de las diligencias que promueva ni de los recursos que interponga, sin consentimiento expreso del inculpado.



Estado de Michoacán Artículo 241 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...239 240 241 242 243 ...633

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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