Imprimir

Código Electoral Artículo 123 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Electoral México
Artículo 123.

Una vez que se cumplan los demás requisitos establecidos en este Código, el Instituto procederá a verificar que se haya reunido el porcentaje de apoyo ciudadano que corresponda, según la elección de que se trate, constatando que los ciudadanos aparecen en la lista nominal de electores de la demarcación electoral.

Las firmas no se computarán para los efectos del porcentaje requerido, cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias:

I. No sean firmas autógrafas, sean firmas falsas o se presenten nombres con datos falsos o erróneos.

II. No se acompañen las copias de la credencial para votar vigente.

III. En el caso de candidatos a Gobernador, no tengan su domicilio en el Estado.

IV. En el caso de candidatos a Diputado Local, los ciudadanos no tengan su domicilio en el distrito para el que se está postulando.

V. En el caso de candidatos a integrantes de los ayuntamientos, los ciudadanos no tengan su domicilio en el municipio para el que se está postulando.

VI. Los ciudadanos hayan sido dados de baja de la lista nominal.

VII. En el caso que se haya presentado por una misma persona más de una manifestación a favor de un mismo aspirante, solo se computará una, la primera manifestación presentada.

La presunción de la falsificación de firmas, será atendida por las autoridades correspondientes en los términos de las leyes aplicables.



Estado de México Artículo 123 Código Electoral
Artículo 1 ...121 122 123 124 125 ...566

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse