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Código Familiar Artículo 182 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Familiar San Luis Potosí
Artículo 182.

Puede haber transacción y arbitramiento sobre los derechos pecuniarios que pudieren deducirse de la filiación legalmente adquirida, sin que las concesiones que se hagan al que se dice hija o hijo, importen la adquisición de estado de hija o hijo de matrimonio o concubinato.



Estado de San Luis Potosí Artículo 182 Código Familiar
Artículo 1 ...180 181 182 183 184 ...554

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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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