Código Federal de Procedimientos Civiles Artículo 229 Federal de México
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Artículo 229.
Pedida la revocación, se dará vista a las demás partes, por el término de tres días y, transcurrido dicho término, el juez o tribunal resolverá, sin más trámite, dentro de otros tres.
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buenos días, alguien podría ayudarme con el procedimiento de la pension alimenticia
si soy una persona moral regimen 626 y le vendo a una persona moral regimen 601 debo retener el isr
Si soy persona moral regimen 603 y le compro a un establecimiento de persona moral del regimen de confianza 626 en la factura me debe de cobrar el isr.
Tengo una empleada que es muy conflictiva y problemática se fue de incapacidad por maternidad cuanto tiempo se debe esperar después de que regrese a laborar para poder rescindir de sus servicios?
el no quererse vacunar contra el COVID-19, no amerita un despido ya que no hay articulo que mencione y abale que es obligatorio vacunarse, ni en la LSS hace mención.
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