Imprimir

Código Federal de Procedimientos Civiles Artículo 567 Federal de México


Derogado

Código Federal de Procedimientos Civiles Federal
Artículo 567.

No se considerará válida la cláusula o convenio de elección de foro, cuando la facultad de elegirlo opere en beneficio exclusivo de alguna parte pero no de todas.

Federal de México Artículo 567 Código Federal de Procedimientos Civiles
Artículo 1 ...565 566 567 568 569 ...626

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web





Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse