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CNPP Artículo 417 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Nacional de Procedimientos Penales Federal
Artículo 417.

Medidas cautelares aplicables a inimputables
Se podrán imponer medidas cautelares a personas inimputables, de conformidad con las reglas del proceso ordinario, con los ajustes del procedimiento que disponga el Juez de control para el caso en que resulte procedente.

El solo hecho de ser imputable no será razón suficiente para imponer medidas cautelares.

Federal de México Artículo 417 Código Nacional de Procedimientos Penales
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Los comentarios de los usuarios

Me interesa mucho la normatividad que otorga CNPP a los INIMPUTABLES.

Me fue de mucha utilidad este trabajo.

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Excelente trabajo!!!!

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