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CNPP Artículo 462 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código Nacional de Procedimientos Penales Federal
Artículo 462.

Prohibición de modificación en perjuicio
Cuando el recurso ha sido interpuesto sólo por el imputado o su Defensor, no podrá modificarse la resolución recurrida en perjuicio del imputado.

Federal de México Artículo 462 Código Nacional de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...460 461 462 463 464 ...490

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Los comentarios de los usuarios

Me pueden dar un ejemplo del articulo 462 del cnpp para Entender mejor soy alumno de derecho y me gustaría saber cuál es la actuación del articulo ya mencionado

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