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Código Financiero Artículo 207 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Código Financiero
Artículo 207.

Las personas físicas o morales cuya actividad sea la venta de inmuebles, tendrán las obligaciones siguientes:

I.Presentar para su autorización, ante la oficina recaudadora que corresponda, los contratos debidamente prenumerados;

II.Conservar copia de los contratos, facturas y recibos de cobranza que originen las ventas;

III.Llevar un registro, por cada operación que consigne como mínimo los datos siguientes:

a)Nombre del comprador.

b)Domicilio.

c)Número de contrato.

d)Manzana y lote.

e)Monto total de la operación e importe de cada una de las mensualidades.

f)Fecha y número del recibo de abono.

g)Saldo por amortizar, incluyendo capital e interés, determinado mensualmente, y

IV.Deberá formular una declaración mensual, para el pago de este impuesto en las formas oficiales, dentro de los primeros quince días siguientes al mes en que se realizaron las operaciones. Estas declaraciones deberán presentarse en la oficina recaudadora que corresponda al contribuyente, adjuntando copia de los contratos celebrados.

La oficina recaudadora al recibir el pago del impuesto a que se refiere este Capítulo, deberá entregar al contribuyente, un recibo por cada predio, que contendrá la clave catastral, número del contrato, nombre del comprador, número de lote, número de manzana e importe de la operación.

Los fraccionadores que cumplan con lo establecido en la fracción anterior, dejarán de ser solidarios responsables del pago del impuesto predial, de los inmuebles por ellos enajenados



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Los nuevos comentarios en el sitio web

Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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