Código Fiscal Artículo 23 Estado de Chihuahua
Código Fiscal Chihuahua
Artículo 23.
La Secretaría de Hacienda podrá determinar estimativamente los ingresos totales de los causantes en los siguientes casos:
I. Cuando omitan presentar sus declaraciones, se opongan u obstaculicen la iniciación o desarrollo de una visita domiciliaria ordenada por la Tesorería General del Estado o se nieguen a recibir la orden respectiva.
II. Cuando no lleven o no presenten los libros de contabilidad, documentación comprobatoria de las operaciones que hubieren efectuado, o de los renglones de las declaraciones, o no proporcionen los informes que se les soliciten, o cuando a requerimiento de la Tesorería General del Estado, los causantes no exhiban en su domicilio dichos libros.
III. Cuando la contabilidad del negocio del causante adolezca de alguno de los siguientes vicios:
a) Que omita ingresos que excedan del 3% de los declarados.
b) Que omita o altere el registro de existencias que deben figurar en los inventarios, o se registren dichas existencias a precios distintos de los de costo, siempre que en ambos casos el importe exceda del 3% de los ingresos declarados.
c) Que aparezca con alteraciones.
d) Que existan variantes de más de un 10% entre el inventario de las mercancías declaradas o registradas y las existencias reales.
e) Que existan asientos falsos en la contabilidad de los causantes.
f) Que omita el registro de facturación de compras, cuyo monto exceda de 3% del importe total de las efectuadas en el ejercicio.
IV. Cuando los causantes tengan libros o registros fuera de su contabilidad autorizada, en los cuales hagan anotaciones distintas a las de ésta.
V. Por otras irregularidades en la contabilidad que imposibiliten el conocimiento de las operaciones del causante.
La determinación estimativa de los ingresos procederá independientemente de las sanciones a que haya lugar.
La Secretaría de Hacienda, estimará los ingresos de los contribuyentes por los medios indirectos de la investigación económica o de cualquier otra clase.
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Alejandro Ritch
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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