Código Fiscal Artículo 415 Estado de Chihuahua
Código Fiscal
Artículo 415.
La demanda deberá contener:
I. El nombre del actor y el domicilio en la ciudad de Chihuahua que señale para recibir notificaciones;
II. El nombre y el domicilio del particular demandado, cuando el juicio sea promovido por el Secretario de Hacienda y los del tercero interesado, cuando lo haya;
III. La autoridad fiscal que emitió el acto impugnado;
IV. El acto que se impugne;
V. Los hechos y los fundamentos de derecho en que se apoya la reclamación;
VI. El ofrecimiento de las pruebas que el actor se proponga rendir. Cuando ofrezca pruebas pericial o testimonial el actor deberá indicar desde luego los nombres de los peritos o testigos y acompañar los interrogatorios que los peritos deban contestar; para el examen de los testigos sólo será necesario acompañar a la demanda los interrogatorios escritos, cuando residan fuera de la Ciudad de Chihuahua.
Se presentará una copia de la demanda y documentos anexos, para cada una de las partes.
Estado de Chihuahua Artículo 415 Código Fiscal
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A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
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